Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las rifas de números solo se pueden hacer en los palenques donde haya peleas de gallos con apuestas, y solo si tienen permiso de la Secretaría. Quienes organicen las rifas deben seguir estas reglas: no pueden hacer más sorteos de los que les autorizaron; antes de la primera pelea solo pueden hacer hasta 5 sorteos; entre cada pelea, máximo 7 sorteos; al final del programa, hasta 5 sorteos. Además, tienen que nombrar a una persona responsable de que el sorteo sea claro y honesto, y su nombre debe ser conocido por el público.
Texto oficial
ARTÍCULO 137.- El sorteo de números tradicionalmente conocido como rifas de números podrá practicarse exclusivamente en los palenques donde se celebren peleas de gallos con apuestas autorizados por la Secretaría, siempre que se cumpla con lo dispuesto en el capítulo correspondiente a peleas de gallos y se obtenga el permiso de la Secretaría. Los permisionarios deberán cumplir con lo siguiente: I. Abstenerse de practicar un número mayor de sorteos que los expresamente autorizados en el permiso correspondiente; II. No realizar un número mayor a 5 sorteos antes del inicio de la primera pelea; III. No realizar un número mayor a 7 sorteos entre cada pelea programada y autorizada; IV. No realizar un número mayor a 5 sorteos al final del programa autorizado de peleas, y V. Designar a un responsable de la correcta conducción y transparencia del sorteo, cuyo nombre deberá de ser del conocimiento del público. CAPÍTULO VIII DE LOS SORTEOS DE NÚMEROS O SÍMBOLOS A TRAVÉS DE MÁQUINAS Capítulo adicionado DOF 23-10-2013
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.