Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un permiso para organizar eventos, estás obligado a tener siempre a la mano los papeles actualizados que muestren que la Secretaría te autorizó. Esa documentación debe estar en el mismo lugar donde se realiza el evento. Además, si algún funcionario con autoridad te la pide, tienes que mostrarla sin excusas. Básicamente, no puedes decir que no la tienes o que está en otro lado: debe estar contigo en todo momento.
Texto oficial
ARTÍCULO 39.- El permisionario tendrá la obligación de contar en el mismo lugar en donde se desarrollen los eventos, con la documentación vigente que demuestre el permiso por parte de la Secretaría, misma que deberá ser exhibida al servidor público debidamente autorizado que lo solicite.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.