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Artículo 70 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de esto) puede darte un permiso para operar apuestas en peleas de gallos, siempre y cuando cumplas con los requisitos generales que vienen en una parte específica de este reglamento. Además, debes cumplir con dos requisitos extra: primero, entregar el programa de las peleas que piensas hacer, y segundo, decir quiénes serán los jueces que van a calificar las peleas, con su nombre y datos para identificarlos.

Texto oficial

ARTÍCULO 70.- La Secretaría podrá otorgar permiso para operar el cruce de apuestas en peleas de gallos, cuando el solicitante cumpla los requisitos establecidos en el Capítulo I del Título Segundo de este Reglamento, así como los siguientes: I. Presentar el programa de peleas que se pretenda celebrar, y II. Señalar el nombre e identidad de las personas que fungirán como jueces durante la celebración de las peleas de gallos. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-11-2023 25 de 48

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

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