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Artículo 79 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un evento deportivo no se transmite por televisión, entonces tienes que seguir las reglas que vienen en el artículo 83 de este reglamento. Eso significa que no puedes hacer lo que quieras, sino que debes ajustarte a lo que dice ese otro artículo. Básicamente, la ley te remite a otra parte para que sepas qué hacer en ese caso.

Texto oficial

ARTÍCULO 79.- Para aquellos eventos deportivos cuya imagen televisiva no esté disponible para su transmisión, se deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 83 de este Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.