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Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los centros de apuestas por internet que tengan permiso legal pueden transmitir y recibir apuestas de todas las carreras de caballos, carreras de galgos y partidos de frontón que se hagan en México, siempre y cuando tengan la señal de video o datos de esos eventos. Para poder hacerlo, estos centros tienen que estar conectados directamente con los sistemas principales de apuestas de los hipódromos, galgódromos o frontones donde ocurren los eventos. Esto significa que la información de las apuestas debe ir en tiempo real entre ambos lugares para que todo esté sincronizado y controlado.

Texto oficial

ARTÍCULO 81.- Los centros de apuestas remotas que operen los permisionarios podrán transmitir y deberán tomar las apuestas de todos los eventos que se verifiquen y cuenten con la señal correspondiente, en hipódromos, galgódromos y frontones ubicados en el territorio nacional, en cuyo caso deberán estar intercomunicados con los sistemas centrales de apuestas de estos establecimientos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.