Artículo 90 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un permiso para manejar apuestas, estás obligado a darle a la Secretaría todos los datos importantes sobre cómo se manejan. Ellos pueden pedirte esa información en cualquier momento para revisar cómo están funcionando las cosas. Es como si les tuvieras que mostrar tus papeles cada vez que lo soliciten, sin excusas.
Texto oficial
ARTÍCULO 90.- El permisionario deberá poner a disposición de la Secretaría toda la información relevante para que ésta pueda en cualquier momento consultar el manejo de las apuestas. TÍTULO CUARTO DE LOS SORTEOS CAPÍTULO I DE LAS MODALIDADES DE LOS SORTEOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.