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Artículo 90 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Juegos y Sorteos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso para manejar apuestas, estás obligado a darle a la Secretaría todos los datos importantes sobre cómo se manejan. Ellos pueden pedirte esa información en cualquier momento para revisar cómo están funcionando las cosas. Es como si les tuvieras que mostrar tus papeles cada vez que lo soliciten, sin excusas.

Texto oficial

ARTÍCULO 90.- El permisionario deberá poner a disposición de la Secretaría toda la información relevante para que ésta pueda en cualquier momento consultar el manejo de las apuestas. TÍTULO CUARTO DE LOS SORTEOS CAPÍTULO I DE LAS MODALIDADES DE LOS SORTEOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.