- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
- Artículo
- 18
Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a publicar una lista con los patrones de medición más exactos y confiables que existen en México. Estos patrones son como las "reglas oficiales" para medir cosas (peso, tiempo, temperatura, etc.) y los desarrolla el Centro Nacional de Metrología u otros institutos. Para decidir cuáles entran en la lista, toman en cuenta pruebas de que sean los más precisos, estables y que siempre estén disponibles. En otras palabras, se aseguran de tener los mejores estándares de medición para que todos usemos la misma referencia.
Texto oficial
ARTÍCULO 18. Para los efectos del artículo 24 de la Ley, la Secretaría publicará la lista de los patrones nacionales desarrollados por el Centro Nacional de Metrología u otras instituciones, considerando la evidencia que avale y demuestre la mayor exactitud, estabilidad, repetibilidad y disponibilidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.