Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno que maneja estos temas) es la encargada de cuidar los prototipos originales del metro y el kilogramo, junto con todos los documentos y objetos relacionados con ellos. Pero puede pedir ayuda a otras oficinas del gobierno para guardarlos, usarlos, darles mantenimiento o vigilarlos, si eso ayuda a que se conserven mejor. Para el caso específico del kilogramo, hay que seguir lo que dicen otros artículos de la Ley (el 24 y el 30, fracción II). Esto quiere decir que, aunque la Secretaría es la responsable, puede compartir el trabajo con otras áreas del gobierno si es más práctico.
Texto oficial
ARTÍCULO 6. La Secretaría tendrá a su cargo la conservación de los prototipos metro y kilogramo, así como los objetos y documentos relacionados con los mismos. No obstante, la Secretaría podrá apoyarse en otras dependencias o entidades de la administración pública para la custodia, el uso, el mantenimiento y control de dichos prototipos, cuando esto propicie la mejor conservación de los mismos. En el caso del patrón nacional kilogramo se estará a lo dispuesto en los artículos 24 y 30, fracción ll de la Ley. Capítulo ll De los Instrumentos para Medir
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.