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Artículo 31 del REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas un permiso para un monumento o zona, el Instituto tiene que darte su respuesta en un plazo máximo de 30 días hábiles (es decir, sin contar sábados, domingos ni días festivos). Para decidir, el Instituto revisará tu solicitud junto con el dictamen que emitió (que es la opinión técnica de un experto). Si no te responden en ese tiempo, ya no pueden rechazarte sin más.

Texto oficial

ARTICULO 31.- Con vista de la solicitud y del dictamen emitido, el Instituto competente pronunciara la resolución que proceda, dentro de un término de treinta días hábiles. CAPITULO III De los Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.