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Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para pedir permiso y sacar del país una obra de arte o pieza histórica que sea de tu propiedad, tienes que llenar el formato que te dará el Instituto de Antropología e Historia o el de Bellas Artes. Ese formato te dice exactamente qué papeles o datos necesitas entregar para poder llevártela, ya sea por un tiempo o para siempre. No es como que puedas decidir por tu cuenta; debes seguir las reglas que te pidan en ese documento oficial.

Texto oficial

ARTICULO 35.- Para tramitar permiso de exportación temporal o definitiva de un monumento artístico o histórico de propiedad particular, el interesado deberá satisfacer los requisitos que exijan en la forma oficial de solicitud que proporcionará el Instituto competente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.