Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticos e Históricos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir permiso y sacar del país una obra de arte o pieza histórica que sea de tu propiedad, tienes que llenar el formato que te dará el Instituto de Antropología e Historia o el de Bellas Artes. Ese formato te dice exactamente qué papeles o datos necesitas entregar para poder llevártela, ya sea por un tiempo o para siempre. No es como que puedas decidir por tu cuenta; debes seguir las reglas que te pidan en ese documento oficial.
Texto oficial
ARTICULO 35.- Para tramitar permiso de exportación temporal o definitiva de un monumento artístico o histórico de propiedad particular, el interesado deberá satisfacer los requisitos que exijan en la forma oficial de solicitud que proporcionará el Instituto competente.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.