Artículo 95 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando multan a un negocio y lo clausuran, pueden cerrarlo por completo o nada más una parte. La clausura total es cuando tienes que cerrar todo el local porque no puedes seguir vendiendo ni operando. La clausura parcial es cuando solo cierran ciertas áreas, como un cuarto, un pasillo o una sección, pero el resto del negocio sigue funcionando.
Texto oficial
Artículo 95.- La clausura puede ser total o parcial. Es total, cuando se impida la actividad comercial de todo el establecimiento del infractor; es parcial, cuando se limite a determinadas áreas, lugares o instalaciones del establecimiento respectivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.