Artículo 135 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando los inspectores hacen una visita para revisar tu negocio, al final deben llenar un documento que se llama acta, donde anotan todo lo que vieron y encontraron durante la revisión. Ese acta se hace enfrente de dos testigos, que puedes proponer tú mismo, o si te niegas a hacerlo, los testigos los elige el inspector. El acta se imprime por duplicado (dos copias iguales) y la firman tanto los inspectores como la persona responsable del lugar, que puede ser el dueño, el encargado o quien haya atendido la revisión. Ahí mismo, esa persona puede decir lo que le parezca conveniente para su defensa. Si te niegas a firmar el acta, los inspectores tienen que anotarlo claramente, pero eso no invalida la revisión ni el acta. Además, que firmes no significa que estés de acuerdo con lo que dice el acta, solo significa que la recibiste. Al final, te entregan una de las dos copias del acta, y la otra se queda en el expediente del caso.
Texto oficial
Artículo 135. Las visitas de verificación concluirán con el levantamiento del acta correspondiente, en la que quedará constancia de las actuaciones practicadas durante la visita o visitas de verificación. Dicha acta se levantará en presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiera entendido la diligencia o por quien la practique si aquélla se hubiera negado a proponerlos. El acta que se emita por duplicado será firmada por el personal verificador actuante y por el responsable, encargado o con quien se haya entendido la actuación, quien podrá manifestar lo que a su derecho convenga. En caso de que el verificado se niegue a firmar el acta, se hará constar expresamente esta circunstancia en la misma. Dicha negativa no afectará la validez de las actuaciones o de la propia acta. La firma del verificado no supondrá su conformidad, sino tan sólo la recepción de la misma. Se entregará al verificado uno de los originales del acta de verificación, incorporándose el otro a las actuaciones. Contenido de las actas de verificación
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.