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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFPDPPP/72
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
72

Artículo 72 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te da tus datos personales para que los uses, esa persona se vuelve responsable de cuidarlos igual que quien te los pasó. Tiene que tratarlos exactamente como se acordó en el aviso de privacidad que le informó quien te los compartió. En pocas palabras, si recibes datos de alguien, debes seguir las reglas que te dijeron al recibirlos.

Texto oficial

Artículo 72. El receptor de los datos personales será un sujeto regulado por la Ley y el presente Reglamento en su carácter de responsable, y deberá tratar los datos personales conforme a lo convenido en el aviso de privacidad que le comunique el responsable transferente. Formalización de las transferencias nacionales

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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