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Artículo 98 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa o persona que tiene tus datos (el "responsable") siempre debe contestar cuando le pidas ejercer tus derechos ARCO (Acceder, Rectificar, Cancelar u Oponerte al uso de tu información), aunque no tenga ningún dato tuyo guardado. La respuesta solo debe hablar de la información personal que pediste, y tiene que darte la información clara, fácil de leer y sencilla de encontrar. Si usan claves o códigos, deben explicarte qué significan. También tienes derecho a revisar tus datos directamente en las oficinas de la empresa si así lo solicitas.

Texto oficial

Artículo 98. En todos los casos, el responsable deberá dar respuesta a las solicitudes de derechos ARCO que reciba, con independencia de que figuren o no datos personales del titular en sus bases de datos, de conformidad con los plazos establecidos en el artículo 32 de la Ley. La respuesta al titular deberá referirse exclusivamente a los datos personales que específicamente se hayan indicado en la solicitud correspondiente, y deberá presentarse en un formato legible y comprensible y de fácil acceso. En caso de uso de códigos, siglas o claves se deberán proporcionar los significados correspondientes. Acceso a los datos personales en sitio REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-12-2011 25 de 36

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.