Artículo 120 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si registras una marca, el Instituto (el IMPI) puede pedirte que aclares para qué productos o servicios la estás usando, si de tu declaración no queda claro que coinciden con los que registraste. También puede pedirte que quites o cambies palabras que no definan bien tus productos o servicios, usando la lista oficial de clasificación. Si no respondes a ese pedido, tu declaración será rechazada sin más trámite. Pero si limitas tus productos o servicios, el Instituto te notificará cuáles siguen protegidos por tu marca.
Texto oficial
Artículo 120.- Para efectos de la declaración de uso a que se refieren los artículos 233 y 237 de la Ley, el Instituto podrá requerir a la persona titular del registro que precise los productos o servicios respecto de los cuales se utiliza la marca, cuando de la declaración presentada no resulte claro que éstos corresponden a los productos o servicios amparados por el registro. Asimismo, el Instituto también podrá requerir la eliminación o sustitución de indicaciones que no especifiquen productos o servicios, conforme a la Clasificación Internacional Vigente. Cuando no se dé cumplimento a dicho requerimiento, la declaración de uso se desechará de plano. En caso de que la persona solicitante limite los productos o servicios, el Instituto emitirá un oficio indicando aquellos sobre los cuales continúa la protección del registro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.