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Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres pedir que se declare famosa una marca, anular un registro o reclamar la titularidad de una patente, tienes que presentar un trámite por cada una, no puedes juntar varias en un solo formato. Lo mismo aplica si denuncias a alguien por usar tu marca sin permiso: necesitas un trámite por cada persona que acuses. Y si pides una inspección o medidas urgentes pero no sabes quién es el infractor, entonces debes hacer un trámite por cada local o negocio donde creas que está ocurriendo la infracción.

Texto oficial

Artículo 16.- Para efectos de los procedimientos de declaratoria de notoriedad o fama, así como de la declaración administrativa de nulidad, caducidad, cancelación o reclamo de titularidad se deberá presentar una solicitud individual por cada patente, registro, publicación, declaratoria o autorización. En el caso de los procedimientos físicos o en línea de declaración administrativa de infracción se deberá presentar una solicitud por cada persona presunta infractora en contra de quien se inicie. En el caso de la solicitud de medidas provisionales o de visitas de inspección, cuando la persona presunta infractora no se encuentre identificada, se deberá presentar una solicitud por cada sitio o establecimiento en el que se presuma tiene lugar una conducta infractora o se deba practicar la referida visita.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.