Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando te manden una notificación oficial publicada en la Gaceta, esa notificación empieza a valer desde la fecha que diga el propio documento. Si no viene escrita ninguna fecha, entonces surte efecto al siguiente día hábil después de que la Gaceta se ponga en circulación. Todo esto se hace según lo que marca el artículo 18 de la misma Ley. En pocas palabras, las notificaciones son válidas desde el día que se publiquen o el día hábil siguiente.
Texto oficial
Artículo 25.- Las notificaciones efectuadas a través de la Gaceta surtirán efectos en la fecha que en la propia Gaceta lo indique o, en caso de no indicarse, al día hábil siguiente de aquél en que ésta se ponga en circulación, en términos del artículo 18 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.