Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 46 dice que, para llevar el registro de diseños industriales, se usan las mismas reglas que aplican para las patentes, pero solo en lo que sea adecuado. O sea, si ya sabes cómo se manejan las patentes, así más o menos se manejan los diseños, aunque no todo es igual. Esto es para ahorrar tiempo y no repetir las mismas instrucciones. En pocas palabras, el trámite y la forma de guardar los papeles de los diseños industriales se basa en lo que ya está establecido para las patentes.
Texto oficial
Artículo 46.- Para la tramitación y conservación del registro de diseños industriales se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones contenidas en este Capítulo para las patentes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.