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Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 46 dice que, para llevar el registro de diseños industriales, se usan las mismas reglas que aplican para las patentes, pero solo en lo que sea adecuado. O sea, si ya sabes cómo se manejan las patentes, así más o menos se manejan los diseños, aunque no todo es igual. Esto es para ahorrar tiempo y no repetir las mismas instrucciones. En pocas palabras, el trámite y la forma de guardar los papeles de los diseños industriales se basa en lo que ya está establecido para las patentes.

Texto oficial

Artículo 46.- Para la tramitación y conservación del registro de diseños industriales se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones contenidas en este Capítulo para las patentes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.