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Artículo 52 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pides una patente, tienes que seguir estas reglas para escribir tus reivindicaciones, que son como las cláusulas donde explicas qué es lo nuevo que inventaste. Primero, el número de esas cláusulas debe ser lógico según lo que inventaste, ni más ni menos. Si pones varias, numéralas con números normales (1, 2, 3…) sin saltarte ninguno. No hagas referencia al texto o los dibujos de tu solicitud a menos que sea muy necesario. Además, redáctalas solo con las partes técnicas más importantes de tu invento. Si tu solicitud tiene dibujos, puedes poner entre paréntesis números que señalen las partes del dibujo, pero solo si eso ayuda a entender mejor tus cláusulas. Por último, la primera cláusula debe ser independiente y hablar de la característica técnica principal de tu producto o proceso. Si tu invento cubre más de una categoría (por ejemplo, un producto y un método), necesitas al menos una cláusula independiente por cada categoría.

Texto oficial

Artículo 52.- Las reivindicaciones de la solicitud de patente se formularán sujetándose a las siguientes reglas: I.- El número de las reivindicaciones deberá corresponder a la naturaleza de la invención reivindicada; II.- Cuando se presenten varias reivindicaciones, se numerarán en forma consecutiva con números arábigos; III.- No deberán contener referencias a la descripción o a los dibujos, salvo que sea absolutamente necesario; IV.- Deberán redactarse en función de las características técnicas esenciales de la invención; V.- En caso de que la solicitud incluya dibujos, las características técnicas esenciales mencionadas en las reivindicaciones podrán ir seguidas de signos de referencia, relativos a las partes correspondientes de esas características en los dibujos, si facilitan la comprensión de las reivindicaciones. Los signos de referencia se colocarán entre paréntesis, y VI.- La primera reivindicación, que será independiente, deberá referirse a la característica técnica esencial del producto o proceso cuya protección se reclama de modo principal. Cuando la solicitud comprenda más de una categoría, se deberá incluir por lo menos una reivindicación independiente, por cada una de estas categorías.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.