Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 53 dice cómo se debe hacer el resumen de una solicitud de patente. Tiene que incluir un resumen muy breve de la invención, explicando a qué área técnica pertenece, cuál es el problema que resuelve y para qué sirve. No puede tener menos de 100 palabras ni más de 400. Además, no debes poner opiniones como "esta invención es buenísima" ni hablar de sus supuestos beneficios. Si hay dibujos, puedes ponerle números a las partes que expliques, pero el resumen solo debe mencionar el dibujo que mejor muestre la invención.
Texto oficial
Artículo 53.- El resumen se formulará sujetándose a las siguientes reglas: I.- Deberá comprender: a) Una síntesis de la divulgación contenida en la descripción, reivindicaciones y dibujos. La síntesis indicará el campo técnico al que pertenece la invención y deberá redactarse en tal forma que permita una comprensión del problema técnico, de la esencia de la solución de ese problema mediante la invención y del uso o usos principales de la invención, y b) En su caso, la fórmula química que, entre todas las que figuren en la descripción y en las reivindicaciones, caracterice mejor la invención; REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-04-2026 11 de 33 II.- Deberá ser tan conciso como la divulgación lo permita, pero su extensión no deberá ser menor a cien palabras ni mayor a cuatrocientas; III.- No contendrá declaraciones sobre los presuntos méritos o el valor de la invención reivindicada, ni sobre su supuesta aplicación, y IV.- Cada característica técnica mencionada en el resumen e ilustrada mediante un dibujo, podrá ir acompañada de un signo de referencia entre paréntesis. El resumen deberá referirse al dibujo más ilustrativo de la invención.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.