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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo
127

Artículo 127 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno (dependencias y entidades) tienen que llevar y mantener al día su lista de puestos de trabajo, acuerdos y pagos, además de anotar quiénes reciben cursos pagados con dinero del presupuesto. Para hacerlo bien, deben seguir las reglas que pongan la Secretaría y la Función Pública, cada quien en lo que le toca.

Texto oficial

Artículo 127. Las dependencias y entidades deberán mantener actualizados sus registros internos de plazas, compromisos y pagos respectivos, así como de los servidores públicos que reciban capacitación con cargo a recursos presupuestarios. Para tales efectos, se sujetarán a las disposiciones generales que expidan la Secretaría y la Función Pública en el ámbito de sus respectivas competencias.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (pág. 78) ↗

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