Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 189 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un proyecto grande de infraestructura (como una carretera, presa o planta) va a durar muchos años, la dependencia que lo coordina debe pedir permiso a la Secretaría de Hacienda. Ese permiso se necesita tanto para proyectos nuevos como para aquellos que ya fueron aprobados, pero que van a cambiar su tamaño o forma. La Secretaría solo va a dar el permiso si los riesgos que el gobierno asume al contratar y operar el proyecto son razonables y van de la mano con los costos propuestos. Para decidir, la Secretaría se fija en cómo están las condiciones en los mercados financieros del mundo para proyectos parecidos.

Texto oficial

Artículo 189. En el caso de los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo a que se refiere el párrafo segundo del artículo 32 de la Ley, las entidades, por conducto de la dependencia coordinadora de sector, deberán presentar a la Secretaría una solicitud para recabar, en su caso, la autorización correspondiente. Esta solicitud se deberá presentar tanto para el caso de nuevos proyectos de infraestructura productiva de largo plazo como para aquellos ya autorizados que presenten cambio de alcance, en los términos del artículo 47 de este Reglamento. La Secretaría sólo podrá autorizar nuevos proyectos y cambios de alcance, en que los riesgos de contratación y operación que las entidades asuman sean congruentes con los términos financieros propuestos para los proyectos, considerando las condiciones imperantes para operaciones semejantes en los mercados financieros internacionales. SECCIÓN II De la determinación de montos máximos y de la autorización

Ver ley oficial en el DOF (pág. 102) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.