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Artículo 296 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno que manejen fideicomisos (un tipo de fondo donde se guarda dinero para un fin específico) o contratos similares, deben darle a la Secretaría de Hacienda la información que les pida usando un sistema especial de control y transparencia. Cada tres meses, dentro de los 15 días siguientes al cierre del trimestre, tienen que reportar cómo van, qué resultados lograron, cuánto dinero público se usó (incluyendo ganancias de los fondos), en qué se gastó y cuánto queda disponible. Todo esto es para que la Secretaría pueda hacer informes para el Congreso, cumpliendo con las reglas establecidas.

Texto oficial

Artículo 296. Las dependencias y entidades que coordinen fideicomisos, mandatos o análogos, o que con cargo a su presupuesto se otorguen recursos presupuestarios, entregarán a la Secretaría la información que solicite, a través del sistema de control y transparencia de fideicomisos. Las dependencias, entidades apoyadas y entidades no apoyadas, que en su sector se coordine la operación de fideicomisos, mandatos o análogos, o con cargo a su presupuesto se aporten recursos presupuestarios, así como las instituciones que hayan constituido fideicomisos o celebrado mandatos o análogos que involucren recursos presupuestarios a que se refiere la Ley de Ciencia y Tecnología, deberán informar dentro de los 15 días naturales posteriores al cierre de cada trimestre a la Secretaría, a través del sistema de control y transparencia de fideicomisos, el cumplimiento de la misión, fines y resultados alcanzados; recursos presupuestarios otorgados a dichos actos jurídicos en el periodo, incluyendo rendimientos financieros; egresos realizados en el periodo y su destino; así como el saldo o disponibilidad, a efecto de consolidar los informes trimestrales para el Congreso de la Unión, conforme a lo previsto en las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 130) ↗

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