Artículo 307 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 307 habla sobre cómo se revisa el dinero que gasta el gobierno federal. Te explica que hay diferentes tipos de auditorías (o sea, revisiones): unas checan que el dinero se haya usado bien en los números, otras ven si los programas funcionaron, y otras verifican que todo se haya hecho conforme a la ley. Quien hace estas revisiones es la Secretaría de la Función Pública, ya sea directamente o por medio de sus propios equipos de control y auditores que ella misma elija. Todas las auditorías se tienen que hacer siguiendo las reglas que ponga esa misma Secretaría.
Texto oficial
Artículo 307. Las auditorías al gasto público federal podrán ser de tipo financiero, operacional, de resultado de programas y de legalidad, las cuales podrán ser efectuadas por la Función Pública, por sí o a través de los órganos internos de control y por los auditores que ésta designe. Estas auditorías se realizarán de conformidad con lo dispuesto por la Función Pública.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.