Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Secretaría se tarda más del tiempo que marca este reglamento para darte una respuesta sobre ciertos permisos de presupuesto, se considera que ya te los aprobó automáticamente. Esto aplica para cosas como fondos revolventes (dinero para gastos pequeños y urgentes), autorizaciones para empezar proyectos que sigan al próximo año, o contratos que duren varios años. También aplica para otros casos que la misma Secretaría indique después.
Texto oficial
Artículo 5. Transcurridos los plazos que señala este Reglamento en que la Secretaría deba resolver solicitudes de autorización en las materias presupuestarias siguientes sin que hubiere emitido respuesta, éstas se entenderán resueltas en sentido afirmativo: I. Se deroga. Fracción derogada DOF 04-09-2009 II. Fondo rotatorio o revolvente; III. Autorización especial para convocar, adjudicar y formalizar compromisos que iniciarán o continuarán en el siguiente ejercicio fiscal; IV. Contratos plurianuales; V. (Se deroga) Fracción derogada DOF 05-09-2007 VI. Las demás que señale la Secretaría mediante disposiciones generales. CAPÍTULO II De las Reglas Generales y de los Ejecutores del Gasto SECCIÓN I De las obligaciones de dependencias y entidades
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.