Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo se tramitan los permisos para radio y televisión. Primero, quien pida el permiso debe entregar cierta información básica, como su nombre, datos de la empresa y el tipo de servicio que quiere dar. Después, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes revisa la solicitud y la evalúa. Finalmente, tomando en cuenta lo que sea mejor para la sociedad y con la opinión de la Secretaría de Gobernación, deciden si te dan o no el permiso.
Texto oficial
Artículo 12.- Los permisos a que se refiere la Ley Federal de Radio y Televisión se otorgarán conforme al siguiente procedimiento: I. Los solicitantes deberán presentar, cuando menos, la información a que se refieren los incisos a), b), c), d), e), f) y h) de la fracción I, del artículo anterior; II. Recibida la solicitud, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes procederá al análisis y evaluación respectiva, y III. Analizados los requisitos y considerando el interés social, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes resolverá lo conducente, previa opinión de la Secretaría de Gobernación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.