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Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Gobernación (la dependencia del gobierno que se encarga de temas internos del país) va a aprobar los concursos solo si cumplen tres condiciones: primero, que sirvan para premiar lo que sabes hacer, tus habilidades o tus conocimientos; segundo, que no te falten al respeto ni pongan en riesgo tu cuerpo; y tercero, que ayuden a que aprendas más o mejores tu cultura. En pocas palabras, no van a permitir concursos que te humillen o te lastimen, solo aquellos que te reconozcan por tu talento y te hagan crecer como persona.

Texto oficial

Artículo 21.- La Secretaría de Gobernación autorizará los programas de concurso siempre y cuando se destinen a premiar la habilidad, el talento o los conocimientos de los participantes, no sean lesivos para su dignidad personal ni su integridad física y procuren la elevación de sus niveles culturales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.