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Artículo 110 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para sacar un certificado para mover animales o productos de origen animal, tú como dueño debes pedirlo y llenarlo siguiendo las instrucciones que dé la autoridad sanitaria. Luego, revisan que cumplas con todas las reglas de salud animal, como vacunas, pruebas o cuarentenas. Tienes que mostrar un documento firmado por un veterinario oficial que compruebe que todo está en orden. Si todo está bien, te dan el certificado y, si aplica, ponen sellos oficiales en tu carga. Al final, la persona que expide el certificado revisa físicamente lo que llevas y sus papeles.

Texto oficial

Artículo 110. La expedición del certificado zoosanitario de movilización, se ajustará a lo siguiente: I. El usuario deberá solicitar el certificado, mismo que deberá llenarse conforme al instructivo técnico que establezca la Secretaría; II. Se procederá a la identificación de los requisitos técnicos contenidos en las disposiciones de sanidad animal en materia de campañas, cuarentenas, vigilancia epidemiológica, Dispositivo Nacional de Emergencia, bienestar animal, riesgos de contaminación o Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, que deben de cumplir los propietarios o poseedores de las mercancías reguladas; REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 32 de 91 III. Una vez realizada la identificación de los requisitos técnicos, se verificará su cumplimiento con el documento que compruebe que se efectuaron las pruebas o vacunaciones, tratamientos, constataciones o comprobaciones u otras que se hayan realizado, el cual debe estar vigente y firmado por el médico veterinario oficial o responsable autorizado; IV. De comprobarse que los propietarios de las mercancías reguladas cumplen con las especificaciones técnicas contenidas en las disposiciones de sanidad animal y las establecidas en la Ley Federal de Derechos, se colocaran los flejes oficiales cuando correspondan y se procederá a expedir el certificado zoosanitario de movilización correspondiente, y V. El responsable de expedir el certificado zoosanitario de movilización deberá realizar la revisión física y documental del cargamento. Cuando exista un médico veterinario responsable autorizado en la unidad de producción de donde provenga la mercancía regulada, quien expida el certificado podrá requerir una constancia firmada por éste, en donde haya asentado que llevó a cabo la verificación física del cargamento, colocando, en su caso, los flejes oficiales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.