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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSA/128
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
128

Artículo 128 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a definir, en las reglas de sanidad animal, cuándo se puede mover un cargamento de animales usando un nuevo certificado de salud, en lugar de empezar desde cero. Eso solo aplica si ya cumpliste con todos los requisitos y tienes el certificado anterior, y además no hay riesgo de que se propaguen enfermedades entre animales. También van a explicar paso a paso cómo controlar ese proceso para que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 128. La Secretaría determinará en disposiciones de sanidad animal, los casos en que con la emisión de un nuevo certificado zoosanitario basado en los requisitos cumplidos y la información del certificado zoosanitario previo, sea viable la movilización de un cargamento, cuando no exista un riesgo zoosanitario, así como el procedimiento para su control.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 36) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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