Artículo 139 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (una dependencia del gobierno federal) va a trabajar junto con los gobiernos de los estados y municipios, y también con empresas privadas, para poder identificar y rastrear ciertos productos que están controlados por la ley. Para lograrlo, firmarán acuerdos y convenios donde se pondrá por escrito qué se quiere lograr, a quiénes aplica, qué tecnología se usará para llevar el registro, qué responsabilidades tiene cada quien, cómo se cuida la información privada y cómo se puede compartir los datos entre todos los involucrados. En pocas palabras, buscan tener un control más claro de estos productos mediante la cooperación de todos.
Texto oficial
Artículo 139. La Secretaría de manera coordinada con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, así como con el sector privado, ejecutará las acciones que permitan la identificación y la trazabilidad de las mercancías reguladas, mediante acuerdos y convenios que incluirán los objetivos, el ámbito de aplicación, la elección de las tecnologías para la identificación y el registro de las mercancías reguladas, las obligaciones de las partes, la confidencialidad, la accesibilidad y los procedimientos de intercambio de información, entre otros.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.