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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
140

Artículo 140 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a estudiar y, si le parece bien, va a incluir nuevas tecnologías para el sector de producción animal. Estas tecnologías deben ayudar a identificar y rastrear las mercancías que están reguladas, como la carne o los productos de origen animal. La idea es que se pueda saber de dónde vienen y por dónde pasaron esos productos, como un historial de cada uno.

Texto oficial

Artículo 140. La Secretaría analizará y en su caso incorporará, nuevas tecnologías utilizadas en el sector de la producción animal, que permitan la identificación y la trazabilidad de las mercancías reguladas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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