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Artículo 140 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a estudiar y, si le parece bien, va a incluir nuevas tecnologías para el sector de producción animal. Estas tecnologías deben ayudar a identificar y rastrear las mercancías que están reguladas, como la carne o los productos de origen animal. La idea es que se pueda saber de dónde vienen y por dónde pasaron esos productos, como un historial de cada uno.

Texto oficial

Artículo 140. La Secretaría analizará y en su caso incorporará, nuevas tecnologías utilizadas en el sector de la producción animal, que permitan la identificación y la trazabilidad de las mercancías reguladas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.