Artículo 149 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te aprueben un producto para animales (como medicinas o alimentos), primero debes avisar a la Secretaría que tu negocio ya empezó a funcionar y cumplir con todas las reglas del Reglamento. Esto aplica tanto para personas como para empresas. Una vez que te lo autoricen, el permiso dura 5 años, a menos que cambies algo importante del producto, como su fórmula o uso. Si eso pasa, tendrías que tramitar un nuevo registro.
Texto oficial
Artículo 149. El registro o autorización de productos para uso o consumo animal se otorgará a personas físicas o morales que hayan notificado su aviso de inicio de funcionamiento del establecimiento correspondiente ante la Secretaría y previo cumplimiento de las disposiciones previstas en el presente Reglamento. La vigencia de los registros y autorizaciones será por un periodo de cinco años, salvo que se modifique las características que dieron origen a su registro o autorización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.