Artículo 162 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los productos de comida que menciona el artículo 151 deben usar ingredientes y harinas de origen animal que solo vengan de lugares aprobados por la Secretaría. Es decir, las fábricas o negocios que procesan carnes o harinas de animales tienen que tener un permiso oficial. Esto es para asegurarse de que dichos ingredientes sean seguros y estén bien regulados.
Texto oficial
Artículo 162. Para el caso de los productos alimenticios indicados en el artículo 151, fracción III del presente Reglamento, los ingredientes y harinas de origen animal deberán provenir de establecimientos o plantas autorizadas por la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.