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Artículo 169 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un producto registrado para animales (como medicamentos o alimentos), puedes pedir cambios en sus características enviando un escrito a la Secretaría de Agricultura. Para hacerlo, necesitas llenar un formato oficial (el del artículo 3 del reglamento), firmarlo tú o tu representante legal, y también incluir la información que pidan las guías técnicas que la misma Secretaría publique. Básicamente, es un trámite para modificar productos ya autorizados, siguiendo los formatos y requisitos que ellos indican.

Texto oficial

Artículo 169. Con fundamento en el artículo 94 de la Ley, el interesado podrá modificar las características de los productos registrados y autorizados para uso o consumo animal, mediante escrito a la Secretaría que solicite la modificación de una o varias características de dichos productos. El interesado deberá presentar lo siguiente: REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 51 de 91 I. Formato de solicitud en términos del artículo 3 del presente Reglamento, debidamente requisitado y firmado por el interesado o su representante legal, y II. Demás información con base en las guías técnicas para las modificaciones del registro y autorización de productos que la Secretaría publique para tal fin.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.