Artículo 170 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica cómo funciona el proceso cuando quieres cambiar algo de un producto que ya tiene un permiso de la Secretaría. Si pides modificar una o más características de un solo producto registrado, se considera un trámite de modificación. La Secretaría puede pedirte papeles que falten dentro de los primeros 30 días hábiles después de que entregues tu solicitud, y tú tienes 10 días hábiles para darlos. Después, la Secretaría tiene hasta 15 días hábiles (contados desde que cumpliste con lo que te pidieron) o un máximo de 60 días hábiles desde que iniciaste el trámite para darte una respuesta por escrito, ya sea aprobando o rechazando tu solicitud con las razones. Si los cambios son sobre los ingredientes activos que dieron origen al permiso original, entonces se considera un trámite completamente nuevo y el permiso durará 5 años desde que se apruebe la modificación.
Texto oficial
Artículo 170. Se considerará como un trámite de modificación cuando en una misma solicitud se pida la alteración de una o varias características o especificaciones de un sólo producto registrado o autorizado por la Secretaría. El otorgamiento de la modificación del producto se realizará bajo el siguiente proceso: I. Dentro de los treinta días hábiles después del ingreso de la solicitud, la Secretaría podrá prevenir, en su caso, al interesado para que presente documentación faltante o complementaria. El interesado tendrá un plazo de diez días hábiles a partir de haber sido notificado para entregar dicha información, y II. Dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al cumplimiento de la prevención o hasta sesenta días hábiles después de la fecha de ingreso de la solicitud, la Secretaría emitirá por escrito y por una sola vez la resolución de la solicitud de modificación. En el caso de que la solicitud sea rechazada se informará por escrito las razones del rechazo. Cuando la Secretaría haya autorizado las modificaciones a los principios activos que dieron origen al registro o autorización inicial, el trámite se considerará como nuevo y su vigencia contará a partir de dicha modificación por un periodo de cinco años.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.