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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSA/196
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Artículo
196

Artículo 196 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que ciertos negocios como hospitales, farmacias o laboratorios puedan operar, necesitan un permiso especial del gobierno. Esa autorización la da la Secretaría de Salud, y los dueños deben pedirla por escrito y cumplir todas las reglas que marca este reglamento. Si no lo hacen, no pueden abrir ni funcionar legalmente. En pocas palabras, sin ese permiso, no pueden operar.

Texto oficial

Artículo 196. La operación de los establecimientos previstos en las fracciones I, III, IV, VIII, IX, X, XII, XIII y XV del artículo 105 de la Ley, estará sujeta a la autorización por parte de la Secretaría, para obtenerla, los propietarios de estos establecimientos deberán presentar solicitud por escrito y cumplir con lo establecido en el presente Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal (pág. 55) ↗

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