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Artículo 246 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y los organismos de certificación pueden emitir tres tipos de papeles (certificados) para cuidar la salud de los animales. El primero es para mover productos regulados dentro del país, como animales o sus derivados. El segundo comprueba que se cumplan las normas de sanidad animal en establecimientos, animales o productos que usan los animales. El tercero verifica que se sigan buenas prácticas en la cría y fabricación de productos de origen animal.

Texto oficial

Artículo 246. La Secretaría y los organismos de certificación podrán expedir los siguientes tipos de certificados zoosanitarios: I. Para la movilización de mercancías reguladas dentro del territorio nacional; II. De cumplimiento de norma y de otras disposiciones de sanidad animal para procesos y servicios, relacionados con establecimientos, animales, bienes de origen animal y productos para uso o consumo animal, y III. De cumplimiento de buenas prácticas pecuarias y de manufactura en animales, bienes de origen animal y productos para uso o consumo animal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 64) ↗

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