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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reglas de sanidad animal aplican a todo el país, pero se pueden ajustar en cada estado, región o municipio. El gobierno federal puede hacer acuerdos con otras dependencias, gobiernos locales o incluso con empresas y personas que estén interesadas en el tema. Si se trata de enfermedades que afectan a animales salvajes, se siguen reglas especiales que marca otro artículo de la ley. Todo esto busca mantener la salud de los animales en México, ya sea de granja o silvestres.

Texto oficial

Artículo 4. Las medidas zoosanitarias se aplicarán a nivel nacional, regional, estatal o en su caso mediante convenios u otros instrumentos jurídicos que la Secretaría determine, con otras dependencias y entidades de la administración pública federal, organismos e instituciones públicas y privadas o con gobiernos estatales, del Distrito Federal y municipales; así como mediante la colaboración de las personas físicas y morales con interés en los temas que regula la Ley, este Reglamento y las demás disposiciones de sanidad animal. El establecimiento y aplicación de las medidas zoosanitarias para el caso de las enfermedades y plagas que afecten a la fauna silvestre, se hará conforme a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley. CAPÍTULO II DE LAS BUENAS PRÁCTICAS PECUARIAS EN UNIDADES DE PRODUCCIÓN PRIMARIA REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 5 de 91

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.