Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas de transporte internacional de pasajeros están obligadas a darte los folletos o materiales que la Secretaría de Agricultura les entregue. Esos materiales explican cómo evitar que entren plagas o enfermedades a México. Básicamente, cuando viajes en avión, barco o autobús desde el extranjero, la compañía debe informarte sobre qué no puedes traer. Así se cuida la agricultura y la salud del país.
Texto oficial
Artículo 53. Las empresas que presten el servicio internacional de transporte de pasajeros deben proporcionar a éstos, el material de difusión que genere la Secretaría, con el objetivo de prevenir la introducción de plagas y enfermedades a México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.