Artículo 75 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres sacar un certificado zoosanitario para exportar animales o productos de origen animal, necesitas entregar a la Secretaría una solicitud con varios documentos. Entre ellos: un papel que demuestre de dónde vienen los animales o productos, que cumplas con las leyes mexicanas de sanidad animal y con lo que pide el país al que vas a exportar, y los resultados de análisis de calidad si aplica. También, si son productos para alimentar animales, debes comprobar que se pueden vender libremente en México o que son para exportación. Si no entregas todos los documentos, la Secretaría te dará 15 días hábiles para que los completes, pero si no lo haces en 3 días hábiles después de ese aviso, tu trámite será cancelado.
Texto oficial
Artículo 75. Para la obtención del certificado zoosanitario para exportación el interesado deberá presentar la solicitud a la Secretaría con cuando menos la siguiente documentación: I. Documento que acredite el origen de los animales o productos a exportar; II. La documentación probatoria del cumplimiento de la normatividad nacional aplicable en materia de sanidad animal y los requisitos del país de destino; III. Cuando aplique, los documentos que contengan los resultados satisfactorios de análisis de control de calidad, y IV. En el caso de bienes de productos para uso o consumo animal la documentación que acredite que el producto es de libre comercialización en México o para exportación. Cuando la solicitud no se presente con la totalidad de los documentos e información a que se refiere el presente artículo, la Secretaría, en el plazo de quince días hábiles, prevendrá al interesado para que subsane las omisiones dentro del plazo de tres días hábiles, de no hacerlo, se desechará el trámite. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 25 de 91
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.