Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que tienes un permiso para dar un servicio y necesitas que te lo renueven o hacerle cambios. Pues la persona encargada va a revisar tu solicitud, checar las pruebas o documentos que les entregues, y también va a buscar en sus archivos para ver si tienes algún historial con ellos. Al final, deciden si te lo dan o no basándose en esa revisión. Si es solo para renovar el permiso, también tienen que tomar en cuenta lo que dice otra parte de la ley (el artículo 20).
Texto oficial
Artículo 12.- La revalidación o la modificación de la autorización, será otorgada previo análisis de la solicitud y valoración de los elementos de comprobación que ofrezca el Prestador de Servicios, así como de los antecedentes existentes en los archivos de la Dirección General. En el caso de la revalidación, además se deberá considerar lo previsto en el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.