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Artículo 21 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo del reglamento dice que si trabajas en seguridad para bancos o financieras, tienes que seguir tres cosas: lo que marca este reglamento, lo que dice la ley principal, y también cualquier otra ley que sea relevante. En pocas palabras, no te puedes saltar ninguna regla que esté relacionada con la seguridad financiera.

Texto oficial

Artículo 21.- La prestación de servicios de seguridad en instituciones financieras, deberá de sujetarse, además de lo dispuesto en el presente Reglamento y en la Ley, a lo establecido en la legislación aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.