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Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para poder ser candidato a un puesto en la mesa directiva de los Comités Estatales de Sanidad Vegetal, necesitas cumplir con estos requisitos: ser presidente, secretario o tesorero de un organismo de sanidad vegetal de tu estado; estar al corriente con tus obligaciones en ese organismo; no ser funcionario público ni dirigente de grupos políticos; y no tener una condena firme por delitos graves que impliquen cárcel, ni haber sido castigado por faltas administrativas según la ley de responsabilidades de servidores públicos.

Texto oficial

Artículo 10. Los candidatos a ocupar un cargo en la mesa directiva de los Comités Estatales de Sanidad Vegetal, deberán reunir los requisitos de elegibilidad siguientes: I. Ser presidente, secretario o tesorero de los Organismos Auxiliares de Sanidad Vegetal de la entidad federativa de que se trate; II. Ser miembro activo y estar al corriente en sus obligaciones con el Organismo Auxiliar que represente; III. No ser servidor público, directivo de gremios o agrupaciones con fines políticos, y IV. No haber sido declarado culpable por sentencia firme por delitos dolosos que ameriten pena corporal, ni haber sido sancionado administrativamente en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.