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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
9

Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres ser candidato a la mesa directiva de una Junta Local de Sanidad Vegetal, necesitas cumplir con estos requisitos: estar registrado en el padrón de productores que autoriza la Delegación de la Secretaría en tu estado, y ser miembro activo de la Junta sin deber nada (estar al corriente). Además, no puedes trabajar como servidor público, ni ser directivo de sindicatos o grupos políticos. Tampoco debes haber sido declarado culpable por un delito grave hecho a propósito (delito doloso) que tenga cárcel, ni haber recibido una sanción por faltas administrativas según la ley para servidores públicos.

Texto oficial

Artículo 9. Los candidatos a ocupar un cargo en la mesa directiva de las Juntas Locales de Sanidad Vegetal, deberán reunir los requisitos de elegibilidad siguientes: I. Estar inscritos en el padrón de productores autorizado por la Delegación de la Secretaría en la entidad federativa correspondiente; II. Ser miembro activo y estar al corriente en sus obligaciones con la Junta Local de Sanidad Vegetal; III. No ser servidor público, directivo de gremios o agrupaciones con fines políticos, y IV. No haber sido declarado culpable por sentencia firme por delitos dolosos que ameriten pena corporal, ni haber sido sancionado administrativamente en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (pág. 6) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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