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Artículo 116 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los papeles que entregaste al empezar a operar o el resultado de una inspección tienen fallos según la ley, te van a avisar por escrito. A partir de ese aviso, tienes diez días hábiles (de lunes a viernes, sin contar festivos) para arreglar lo que esté mal. En ese tiempo, debes demostrar que ya cumples con todo lo que pide la ley. Si no lo logras, podrías tener problemas para seguir operando. Básicamente, es un chance que te dan para corregir errores antes de recibir una multa o sanción.

Texto oficial

Artículo 116. En caso de que el Aviso de Inicio de Funcionamiento o el dictamen de Verificación no cumplan con las Disposiciones Legales Aplicables, se le otorgará al interesado un plazo de diez días hábiles contado a partir de la fecha de la notificación, para demostrar su cumplimiento. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 15-07-2016 35 de 62 TÍTULO SEXTO DEL CONTROL DE INSUMOS FITOSANITARIOS Y DE LOS SISTEMAS DE REDUCCIÓN DE RIESGOS DE CONTAMINACIÓN EN LA PRODUCCIÓN PRIMARIA DE VEGETALES CAPÍTULO I DE LOS INSUMOS FITOSANITARIOS Y SISTEMAS DE REDUCCIÓN DE RIESGOS DE CONTAMINACIÓN EN LA PRODUCCIÓN PRIMARIA DE VEGETALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.