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Artículo 118 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 118 dice que para probar qué tan efectivos son los insecticidas o plaguicidas, esos estudios solo los pueden hacer laboratorios especiales que estén aprobados por el SENASICA (que es la autoridad de salud animal y vegetal en México). Esos laboratorios deben seguir las reglas que ponga la Secretaría de Agricultura. En otras palabras, no cualquier persona o empresa puede hacer esas pruebas; necesitan un permiso oficial y cumplir con la ley.

Texto oficial

Artículo 118. Los estudios para evaluar la Efectividad Biológica de Plaguicidas serán realizados por Laboratorios de Prueba aprobados por el SENASICA, con base en las Disposiciones Legales Aplicables que corresponda emitir a la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.