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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSV/124
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
124

Artículo 124 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres traer vegetales a México para venderlos o consumirlos, en la aduana (Punto de Entrada) te van a pedir que demuestres que cumples con las leyes que previenen la contaminación en la producción de esos vegetales. Básicamente, tienes que comprobar que los productos fueron cultivados siguiendo reglas para evitar riesgos de contaminación, como el uso correcto de pesticidas o agua limpia.

Texto oficial

Artículo 124. Los interesados en la importación de Vegetales para consumo regulados por la Secretaría, deberán acreditar en el Punto de Entrada al país que cumplen con lo señalado en las Disposiciones Legales Aplicables en materia de Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 15-07-2016 36 de 62

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (pág. 35) ↗

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