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Artículo 146 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de este tema) te dará el permiso o la aprobación como Organismo de Certificación solo después de checar que cumpliste con todos los requisitos y reglas que marca la ley. Estas reglas son sobre sanidad vegetal (es decir, la salud de las plantas) y sistemas para bajar los riesgos de contaminación en la producción de vegetales. En pocas palabras, primero debes cumplir con todo lo que pide la ley en esos temas para que te autoricen.

Texto oficial

Artículo 146. La Aprobación de los Organismos de Certificación la emitirá la Secretaría, siempre y cuando se haya verificado el cumplimiento de los requisitos y especificaciones establecidas en las Disposiciones Legales Aplicables en materia de Sanidad Vegetal y Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.