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Artículo 149 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría te dará un documento oficial (el acta) que aprueba a las Unidades de Verificación, pero solo si primero revisan que cumpliste con todos los requisitos que marca la ley en dos temas: sanidad vegetal (que las plantas estén sanas) y sistemas para evitar contaminación en la producción de verduras y hortalizas. En pocas palabras, para que te autoricen, debes pasar una revisión donde demuestres que sigues las reglas.

Texto oficial

Artículo 149. La Aprobación de las Unidades de Verificación la emitirá la Secretaría, a través de la expedición de un acta, siempre y cuando se haya verificado el cumplimiento de los requisitos y especificaciones establecidas en las Disposiciones Legales Aplicables en materia de Sanidad Vegetal y de Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.