Artículo 153 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de estos temas) te va a avisar por escrito si te autoriza o no como Tercero Especialista, que es una persona física que revisa temas de sanidad vegetal y riesgos de contaminación en cultivos. Ese aviso se llama notificación y se hace siguiendo las Normas Oficiales Mexicanas (reglas técnicas obligatorias) y otras leyes que la misma Secretaría tenga que publicar para esto. Básicamente, el gobierno te dice "sí o no" mediante un documento oficial que cumple con sus propias reglas.
Texto oficial
Artículo 153. La autorización de personas físicas como Terceros Especialistas en materia de Sanidad Vegetal y Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales, la emitirá la Secretaría, a través de una notificación, la que se realizará de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas y demás Disposiciones Legales Aplicables que para tal efecto le corresponda emitir a la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.